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PRODUCTO PROTEGIDO
TÉRMINOS Y CONDICIONES
MICROSEGURO PRODUCTO PROTEGIDO FALABELLA.COM
Compañía de Seguros: Chubb Seguros Perú S.A.
RUC: 20390625007
Dirección: Calle Amador Merino Reyna 367 Of. 402 San Isidro, Lima
Teléfono: (01) 417-5000 Correo electrónico: [email protected] Página Web: www.chubb.com/pe
Contratante: Corredores de Seguros Falabella S.A.C.
RUC: 20509608467
Teléfono: (01) 615-6000
Dirección: Calle Carpaccio N°250, piso 4°, distrito de San Borja, Lima
Comercializador: Saga Falabella S.A.
RUC: 20100128056
Teléfono: (01) 512-3333
Dirección: Av. Paseo de la República N° 3320, San Isidro, Lima
La presente información resulta a título parcial y deberá ser complementada con la Solicitud-Certificado correspondiente.
Coberturas:
Cobertura (*) Indemnización Condición Indemnización máxima por vigencia
Daño Material Accidental del
producto ocasionado por
causas externas (Realizado
hasta 120 días después de la
recepción o recojo del bien
asegurado) Valor de reparación Valor de reparación menor al 70% del valor del bien 1 evento por vigencia según el valor final del bien asegurado Valor de adquisición Valor de reparación igual o mayor al 70% del valor del bien (pérdida total)
Robo con fuerza o violencia
sobre las cosas (realizado
hasta 24 horas después de la
recepción o recojo del bien
asegurado) Valor de adquisición ---
(*) Este producto cubre los bienes dañados con un valor de adquisición mayor a cincuenta soles (S/50.00). Los bienes cuyo precio de compra individual sean menores a este valor mínimo carecen de cobertura.
Descripción de las coberturas
§ Robo: Realizado durante las 24 horas posteriores a la recepción del bien asegurado en el domicilio o del recojo del bien asegurado en tienda y con fuerza o violencia sobre el bien. Se indemnizará en tanto el microseguro se mantenga vigente y por el valor del bien hasta el límite de la cobertura.
§ Daño Material Accidental: Realizado por causas externas hasta 120 días calendario posteriores a la recepción del bien asegurado en el domicilio o del recojo del bien asegurado en tienda; y en tanto el microseguro se mantenga vigente. Se indemnizará los daños materiales accidentales en consideración a lo siguiente:
- Costo total de reparación o reposición:
Ø Se considerará la pérdida total de un producto elegible, si los repuestos, la mano de obra necesaria para las reparaciones y su impuesto a las ventas tienen un valor igual o superior al 70% del valor de la compra; caso contrario se procederá a indemnizar el gasto incurrido en la reparación de este.
- Costo de reposición del producto elegible:
Ø Los reclamos por productos elegibles que formen parte de pares, juegos o conjuntos serán liquidados conforme al precio total de compra del par, juego o conjunto, únicamente en el caso que los bienes dañados resulten irremplazables individualmente y conviertan al resto del conjunto en inutilizable.
El producto se comercializará mediante la página web de Saga Falabella S.A.: www.falabella.com.pe
Quiénes pueden asegurarse:
Clientes de Saga Falabella S.A.
· Importante:
- La cobertura se limita al valor final real del artículo, con exclusión de entrega y costos de transporte.
- En caso el articulo cuente con algún descuento con la tarjeta CMR o cualquier otro descuento, el valor de la prima comercial (más IGV) y la cobertura se limitan al valor del bien con dicho descuento, independientemente del medio de pago.
- La cobertura de reparación del bien incluye los repuestos, mano de obra e impuestos.
- La documentación a presentar en caso de siniestro podrá ser vía electrónica.
Primas brutas según rango del valor del bien:
Valor del Bien Prima Neta Prima Bruta
Desde Hasta
S/50.00 S/100.00 S/4.85 S/5.90
S/100.01 S/150.00 S/8.15 S/9.90
S/150.01 S/200.00 S/10.61 S/12.90
S/200.01 S/250.00 S/13.90 S/16.90
S/250.01 S/300.00 S/18.02 S/21.90
S/300.01 S/500.00 S/22.96 S/27.90
S/500.01 S/750.00 S/33.65 S/40.90
S/750.01 S/1,000.00 S/55.04 S/66.90
S/1,000.01 S/1,500.00 S/82.20 S/99.90
S/1,500.01 S/2,000.00 S/111.82 S/135.90
S/2,000.01 S/2,500.00 S/142.26 S/172.90
S/2,500.01 S/3,000.00 S/181.75 S/220.90
S/3,000.01 S/3,500.00 S/213.02 S/258.90
S/3,500.01 S/4,000.00 S/295.29 S/358.90
S/4,000.01 S/4,500.00 S/333.14 S/404.90
S/4,500.01 S/5,000.00 S/371.81 S/451.90
Forma de pago
Mediante cualquier Tarjeta del Asegurado
Periodicidad de pago
Única
Características importantes:
· Prima bruta incluye cargo de emisión e IGV
· Prima comercial más IGV incluye cargo de emisión, cargos por la contratación de comercializadores.
· La cobertura del microseguro inicia una vez que el cliente haya recibido o recogido el bien asegurado.
· La prima comercial (más IGV) aplica sobre el precio del bien, incluyendo los descuentos CMR. Por ejemplo: Si un producto cuesta S/150.00 y Saga Falabella S.A. otorga un 50% de descuento sobre el producto, la prima comercial (más IGV) correspondería al rango en el cual el valor del bien es igual a S/75.00, independientemente del medio de pago.
· La cobertura se limita al costo real del artículo, con exclusión de entrega y costos de transporte, así como la previa deducción del descuento CMR, o cualquier otro descuento, independientemente del medio de pago.
Aceptación de la promoción de microseguro
Una vez aceptada la oferta mediante la compra del bien asegurado, el contrato de microseguro quedará consensuado en los términos y condiciones publicados.
Dentro del término de quince (15) días siguientes a la fecha de aceptación de la promoción del microseguro, se pondrá a disposición o remitirá al Asegurado, la Solicitud-Certificado correspondiente, utilizando mecanismos virtuales.
Vigencia del microseguro
Inicio de la vigencia: La vigencia de cobertura del microseguro iniciará en el momento en que el cliente reciba el bien en el domicilio o recoja el bien asegurado en tienda a conformidad.
Fin de vigencia: A los 120 días calendario de haberse recibido o recogido el bien asegurado.
Exclusiones y Bienes No Aseguradores
No serán indemnizables bajo esta cobertura los daños que sean a consecuencia de:
a) Artículos comprados para uso comercial.
b) Pérdidas causadas por líquidos, fluidos, aceites, productos químicos, o fluidos corporales o excreciones.
c) Uso normal y/o desgaste natural.
d) Vicios propios del Bien Asegurado que deriven de una defectuosa fabricación o que generen la responsabilidad de garantía del fabricante y/o vendedor.
e) Culpa grave o dolo del Asegurado, entendida la primera como negligencia y el segundo como intencionalidad.
f) Daños que se manifiesten como defectos estéticos: rayaduras a superficies pintadas, pulidas o esmaltadas, solo serán indemnizables cuando sobrevengan a consecuencia de un siniestro indemnizable que haya afectado también otras partes del Bien Asegurado e impida el correcto y normal funcionamiento del Bien Asegurado.
No serán considerados como Bien Asegurado, en ningún caso, los siguientes:
a) El dinero en efectivo o en cualquiera de sus formas, los cheques de viaje, billetes y pasajes.
b) Los programas de aplicación, software operativo y videojuegos.
c) Los artículos alquilados, arrendados, o prestados.
d) Animales y plantas naturales.
e) Las joyas, alhajas, piedras preciosas y relojes en equipajes, a menos que sean llevados consigo por el Asegurado y se encuentren en todo momento bajo su custodia o la de sus acompañantes previamente conocidos por aquel.
f) Los bienes consumibles, es decir, aquellos que pueden servir directa o indirectamente para el consumo.
g) Los bienes adquiridos ilícitamente, mediante extorsión y/o sin la voluntad o consentimiento del Asegurado.
h) Los vehículos motorizados, entendiéndose como tales aquellos que se desplazan por vías terrestres, acuáticas o aéreas con propulsión propia.
i) Celulares
Aviso de Siniestro y Procedimiento para solicitar la Cobertura
1. Dar aviso por escrito a la oficina principal de la COMPAÑÍA o del Comercializador de la ocurrencia del siniestro, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario desde que se tenga conocimiento de la ocurrencia del siniestro. Podrá también darse aviso mediante llamada a la central telefónica de la COMPAÑÍA, al teléfono fijo (01) 230- 5301 o mediante correo electrónico a [email protected]
2. Presentar en la oficina principal de la COMPAÑÍA o del Comercializador, o vía correo electrónico [email protected] los siguientes documentos (en original o certificación de reproducción notarial, antes copia legalizada):
a. En la comunicación del siniestro, consignar los datos de la compra, como nombre del Establecimiento Comercial Afiliado, domicilio del mismo, medio de pago utilizado, fecha y hora de la compra, monto de la misma, así como una descripción
de las circunstancias del accidente que ocasionó los daños al producto.
b. Documento de Identidad del ASEGURADO.
c. Comprobante de pago emitido por el Establecimiento Comercial Afiliado donde se efectuó la compra, cuando se adquiera más de un bien mediante un solo voucher de compra.
d. El registro de entrega o recojo del bien asegurado.
e. En caso de robo, el ASEGURADO deberá realizar la Denuncia Policial dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la ocurrencia del siniestro.
3. Excepto cuando se cuente con autorización escrita de la COMPAÑÍA para hacer algo distinto, el ASEGURADO debe conservar los bienes dañados en las condiciones en que quedaron al momento de ocurrir el daño, por lo tanto, no realizar cambios en las partes dañadas, y entregarlos a la COMPAÑÍA cuando ésta lo requiera.
En caso de ser presentada la documentación al Comercializador, éste tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la empresa de seguros de manera directa o a través del corredor de seguro.
El ASEGURADO deberá informar los Seguros concurrentes juntamente con su solicitud de cobertura. Cualquier omisión o falsedad sobre esta circunstancia significará la pérdida del derecho indemnizatorio por parte del ASEGURADO.
Pago de Beneficios
Comprobada la veracidad de los hechos y de los documentos presentados, y luego de haber verificado que la causa no se encuentra comprendida dentro de las Exclusiones, LA COMPAÑÍA procederá a pagar al ASEGURADO la suma asegurada correspondiente en un plazo máximo de diez (10) días calendarios de recibida toda la documentación señalada.
La COMPAÑÍA pagará al ASEGURADO el importe correspondiente al valor del Bien Asegurado, previa deducción de los descuentos CMR o cualquier otro descuento en todos los casos, o al valor de su reparación (si esta fuera posible), el que sea menor.
La COMPAÑÍA se reserva el derecho de: a) reparar el bien dañado, b) reponer el bien por otro igual, o c) indemnizar en efectivo al ASEGURADO cuando no sean posibles las dos primeras alternativas, de acuerdo a lo siguiente:
1. En el caso de robo con fuerza, la indemnización en efectivo será igual al valor del Bien Asegurado, previa deducción de los descuentos aplicados con la tarjeta CMR o cualquier otro descuento, independientemente del medio de pago.
2. En caso de algún daño accidental, si el gasto de reparación es menor al 70% del valor del producto, la indemnización será igual al costo de reparación. Sin embargo, si excede o iguala el 70% del valor del producto, la indemnización será igual al valor del Bien Asegurado, previa deducción de los descuentos aplicados con la tarjeta CMR o cualquier otro descuento, independientemente del medio de pago.
3. En caso de productos elegibles que formen parte de pares, juegos o conjuntos serán liquidados conforme al precio total de compra del par, juego o conjunto, únicamente en el caso que los bienes dañados resulten irremplazables individualmente y conviertan al resto del conjunto en inutilizable.
Atención de consultas o reclamos
El ASEGURADO puede hacer consultas o presentar reclamos por los servicios prestados de forma verbal o escrita, a través de los mecanismos que a continuación se detallan:
a) En forma verbal o por escrito (carta simple) en nuestra o?cina principal ubicada en Calle Amador Merino Reyna N° 267 Of. 402 ? San Isidro. Telf (51-1) 417-5000
b) Escribiéndonos a: [email protected] o ingresando a nuestro formulario web de Atención de Consultas y Reclamos que se encuentra en la siguiente dirección: www.chubb.com/pe opción ?Contáctenos? ? ?Solicitud Electrónica?.
c) Llamando a las Ejecutivas de Atención al Cliente al teléfono (51-1) 399-1212.
En los tres mecanismos señalados, como requisito previo para atender el reclamo, se deberá presentar la siguiente información:
- Nombre completo del usuario reclamante.
- Fecha de reclamo.
- Motivo de reclamo.
- Tipo de Seguro, Número de Póliza y/o Solicitud-Certi?cado contratado con Chubb Seguros Perú (solo para clientes).
- Detalle del reclamo.
Una vez presentado el reclamo se le asigna un número de caso para el control y seguimiento, el cual se le otorgará al reclamante.
El reclamo será atendido en un plazo que no debe exceder los quince (15) días contados a partir de la fecha de recepción del mismo. Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 am a 6:00 pm.
En los casos de reclamos efectuados por los asegurados a falta de pago de la indemnización, el trámite correspondiente deberá efectuarse a través del comercializador o del corredor de seguros. Para tales efectos, las empresas de seguros cuentan con un máximo de quince (15) días para resolver el reclamo presentado.
Terminación del microseguro
La cobertura de microseguro para cualquiera de los ASEGURADOS bajo esta Póliza terminará en la fecha en que se produzca alguna de las siguientes situaciones:
a) Vencido el Periodo de Gracia sin el pago de la prima, o en su caso, de la primera cuota de la prima estipulada a plazo.
b) Por el pago del total de las coberturas establecidas en la póliza.
c) Por el vencimiento del plazo establecido
Resolución del microseguro
Este microseguro se resolverá por fraude en la solicitud de cobertura. Para lo cual, la ASEGURADORA emitirá una comunicación escrita en un plazo no máximo de treinta (30) días de haber tomado conocimiento de ello.
Asimismo, El CONTRATANTE y/o ASEGURADO podrá solicitar, sin expresión de causa, la resolución de su microseguro mediante comunicación escrita, o a través de los mismos mecanismos de forma, lugar y medios utilizados para la contratación del microseguro; con una anticipación mínima de quince (15) días calendarios.
A partir del día siguiente de producida la resolución contractual, El CONTRATANTE podrá solicitar por escrito en la COMPAÑÍA, el reembolso de la prima que corresponda por el periodo no corrido, el mismo que no estará sujeto a penalidades o cobros de naturaleza o efecto similar. El reembolso se podrá hacer efectivo en la COMPAÑÍA luego de treinta (30) días calendarios de haber sido presentada la solicitud respectiva.
Derecho de Arrepentimiento
Si la presente póliza ha sido ofertada por el sistema de comercialización a distancia, incluyendo la bancaseguros, el ASEGURADO tiene derecho de arrepentimiento para resolver el contrato, sin expresión de causa ni penalidad alguna.
Este derecho se podrá ejercer dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de recepción de la Solicitud-Certi?cado que no sean condición para contratar operaciones crediticias, debiendo la COMPAÑÍA en dicho caso devolver el monto de la prima recibida.
Para tal ?n, el ASEGURADO que quiera hacer valer su derecho de resolver la Solicitud-Certificado, podrá emplear los mismos mecanismos de forma, lugar y medios que usó para la contratación del microseguro.
En caso el ASEGURADO ejerza su derecho de arrepentimiento luego de haber pagado el total o parte de la prima, la empresa procederá a la devolución de la prima pagada dentro de los treinta (30) días siguientes.
Otras instancias habilitadas para presentar reclamos y/o denuncias
· Defensoría del Asegurado: En tanto el monto del siniestro no supere los US$50,000 el CONTRATANTE y/o ASEGURADO puede recurrir a la Defensoría del Asegurado. Web: www.defaseg.com.pe Telefax: 01 421-0614, Dirección: Amador Merino Reyna N° 307, San Isidro, Lima.
· Superintendencia de Banca, Seguros y AFP: Plataforma de Atención al Usuario, Teléfonos: 0-800- 10840, (511) 200-1930, Dirección: Av. Dos de Mayo N°1475, San Isidro - Lima, Web: www.sbs.gob.pe
· INDECOPI: Dirección: Calle de la Prosa 104, San Borja - Lima, Teléfono: (511) 224 7777, Web: www.indecopi.gob.pe